Por medio de la Resolución Conjunta, 097y
S/N, de los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores y
Justicia y para la Defensa, publicada en la Gaceta Oficial número
40.147, fueron suspendidos temporalmente el Permiso de Porte y Tenencia
de Armas de Fuego y Armas Blancas en todo el Territorio Nacional, desde
el día martes dieciséis (16) de abril de 2013, a las (06:00 a.m), hasta
el día sábado veinte (20) de abril de 2013, a las 18:00 horas (06:00
p.m).
Igualmente señala la Resolución, la
continuidad del acuartelamiento general del Cuerpo de Policía Nacional
Bolivariana, Cuerpos de Policía Estadales y Cuerpos de Policía
Municipales.
Quedan excluidos de la
aplicación del artículo anterior, los miembros de la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana, los oficiales de los Cuerpos de Policía que estén
prestando el Servicio de Policía, los funcionarios de los Organismos de
Seguridad Ciudadana y demás órganos de Seguridad del Estado con
funciones propias del servicio de policía, el personal de seguridad
adscrito a Órganos, Entes, Instituciones u Organismos Públicos
Nacionales y Sedes Diplomáticas, cuando estén cumpliendo funciones
específicas, debidamente autorizadas por el Comando Estratégico
Operacional (CEO) y la Dirección General de Armas y Explosivos de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana
Los períodos y horarios establecidos en
la Resolución podrán ser prorrogados en caso de ser necesarios por los
Ministros del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, y
para la Defensa.
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